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Según el Sistema de Administración Tributaria, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, un Proveedor Autorizado de Certificación o PAC, es la persona moral que cuenta con la autorización del Servicio de Administración Tributaria para generar y procesar fuera del domicilio fiscal de quien lo contrate, los comprobantes para efectos fiscales por medios electrónicos y de manera 100% digital.
De acuerdo con los registros disponibles, existen alrededor de 75 empresas que ofrecen este servicio en México, y todas ellas están obligadas al cumplimiento de requisitos administrativos, financieros y tecnológicos, que son auditados periódicamente por la entidad regulatoria: el SAT. Cuando el SAT detecta incumplimiento puede imponer sanciones o revocar la autorización otorgada. En el caso de que a un contribuyente le haya sido revocada su autorización como PAC, no podrá obtener de nueva cuenta autorización en doce meses posteriores a aquel en el que le haya sido revocada.
En este documento nos enfocaremos en los requerimientos al sitio de hospedaje para equipo de cómputo y comunicaciones, es decir, el Data Center del PAC. Haremos un análisis de los requisitos y explicaremos la forma de cumplimiento.
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Descarga aquí nuestros whitepaper con los requerimientos del SAT a los PACs:
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